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¿Quién debe contratar a un perito, el abogado o el cliente?

22 de Enero del 2019

¿Quién debe contratar a un perito, el abogado o el cliente?

Decidimos contratar a un perito debido a que pueden prestar servicio en multitud de áreas.

Es conveniente que conozcamos las áreas en las que trabaja para decidir si es profesional es especializado adecuadamente en el proceso que nos concierne.


Podemos contratar a un perito que sea especializado en perito judicial, judicial inmobiliario, naval, economista, informático, médico legal, arquitectos, etc.


Pero aparecen dos situaciones que tal vez no encontremos la mejor manera de actuar, estas son a la hora de contratar a un perito y a la hora de abonar sus honorarios.

La figura que contrata a un perito: contrato y honorarios

Los peritos tienen sus propios despachos y pueden recurrir a él tanto los clientes como los abogados. Muchos peritos trabajan de forma habitual con un despacho de abogados y trabajan esos casos, pero también pueden trabajar de manera autónoma.


Es preciso que se establezca una relación de confianza entre el perito y el abogado, sin dependencia de quién lo contrate o quién lo pague, ya que tienen que trabajar mano a mano.


A la hora de contratar a un perito, encontramos diferentes variantes en el encargado de pagar los honorarios y contratar según quién lo solicita.

Si es de parte, los honorarios aparecen de una relación privada con el cliente por lo tanto los honorarios serán saldados del cliente al perito. Aunque existen criterios orientativos en los colegios profesionales o asociaciones sobre los honorarios.


Si es judicial:

  • Los honorarios son de la parte que los haya solicitado sin perjuicio de lo que se acuerde de las costas.
  • Si lo hubieran solicitado las dos partes se abonarán los honorarios a partes iguales sin perjuicio de los que se acuerde con respecto a las costas.
  • Si la parte que lo solicita es beneficiaria del derecho de asistencia jurídica gratuita, el abono de los honorarios será del Departamento de Justicia.


No obstante, destacamos que en algunas ocasiones, como en el caso de productos bancarios, los clientes acuden directamente a los peritos para saldar su necesidad de la redacción de informes, que son más competencia de los peritos que de los abogados.

Si esto no llega a vía judicial, con el perito será suficiente, pero si llega a vía judicial, es el cliente el que deba contratar a un abogado que pueda ser recomendado por el perito si así se le solicita.

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